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VELUG - Estatuto Oficial

Disposiciones Generales

Artículo 23°

Todos los cargos electivos que se ejerzan dentro de la Asociación tendrán carácter honorarios.

Artículo 24°

En caso de disolución de la asociación, los bienes que existierena serán destinados a fines benéficos o a actividades educativas y/o culturales de acuerdo con los fines de la asociación.

Artículo 25° — Ejercicio económico

El ejercicio económico de la Institución se cerrará el 30 de Noviembre de cada año.

Artículo 26° — Limitaciones especiales

Esta Asociación excluye de sus propósitos sociales toda otra finalidad que las previstas expresamente en estos estatutos. Especialmente se establece que para la prestación de servicios cooperativos de bienes o de consumo, o de servicios asistenciales médicos, deberá tramitarse previamente estatutos adecuados a esas finalidades específicas, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias correspondientes.

Artículo 27°

Es incompatible la calidad de miembro de todo órgano de carácter electivo de la Institución con la de empleado o dependiente de la entidad por cualquier concepto.